Formulario G-28 explicado: Guía de presentación para abogados
By MyAutoform Team 16 min read
Formulario G-28 explicado: conozca cuándo lo necesitan los abogados, cómo completar cada sección, dónde presentarlo y cómo evitar errores y demoras comunes en el procesamiento del DHS.
Formulario G-28 explicado: Guía de presentación para abogados
El Formulario G-28 es el documento que los abogados y representantes acreditados generalmente utilizan para notificar al Departamento de Seguridad Nacional que representan a una persona o entidad en un asunto de inmigración. Presentarlo correctamente permite que el gobierno reconozca al representante, se comunique con él y divulgue información protegida del caso según lo autorizado por el cliente. Un formulario incompleto, desactualizado o firmado incorrectamente puede interferir con la comunicación y crear complicaciones evitables en un caso de inmigración.
Denominado formalmente Aviso de Comparecencia como Abogado o Representante Acreditado, el Formulario G-28 suele presentarse junto con solicitudes, peticiones, mociones, respuestas y otras gestiones presentadas ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos. También puede utilizarse en asuntos elegibles ante otros componentes del Departamento de Seguridad Nacional, incluidos el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos y la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos. Sin embargo, no es el formulario de comparecencia utilizado para todas las agencias o procedimientos de inmigración.
Esta guía explica cuándo necesita un abogado el Formulario G-28, quién está autorizado para presentarlo y cómo deben completarlo el representante y el cliente. También aborda los procedimientos de presentación, los materiales de respaldo requeridos, los errores comunes y los métodos prácticos para proteger la comunicación entre abogado y cliente. Debido a que los formularios gubernamentales y las políticas de presentación pueden cambiar, los representantes siempre deben comparar esta guía con las instrucciones vigentes del formulario y los requisitos específicos de la agencia antes de presentar un caso.
¿Qué es el Formulario G-28?
El Formulario G-28 proporciona una notificación formal de que un abogado elegible o representante acreditado ha comparecido en un asunto ante el Departamento de Seguridad Nacional. Identifica al representante, al cliente y el asunto específico cubierto por la representación. Una vez que la agencia acepta el formulario, el representante puede recibir información y notificaciones en la medida permitida por la ley, el consentimiento del cliente y las opciones seleccionadas en el formulario.
El formulario no crea por sí mismo una relación entre abogado y cliente, ni sustituye un acuerdo de contratación por escrito. La relación profesional generalmente se establece mediante el acuerdo y las reglas aplicables de responsabilidad profesional, mientras que el Formulario G-28 informa al gobierno quién está autorizado para actuar en el asunto identificado. Por lo tanto, el alcance de la presentación gubernamental debe coincidir con el alcance de la representación real.
Un Formulario G-28 debidamente aceptado puede permitir que el abogado reciba copias de cortesía de las notificaciones, se comunique con la agencia sobre cuestiones específicas del caso y acompañe al cliente a una entrevista elegible. También puede autorizar la divulgación de información protegida conforme a las normas federales de privacidad. Los beneficios exactos dependen de la agencia, el tipo de procedimiento, las opciones de consentimiento del cliente y si el representante continúa siendo elegible para ejercer.
Nota importante: El Formulario G-28 generalmente se utiliza para la representación ante agencias pertenecientes al Departamento de Seguridad Nacional. La representación ante la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración normalmente requiere el Formulario EOIR-28 para procedimientos ante el Tribunal de Inmigración o el Formulario EOIR-27 para asuntos ante la Junta de Apelaciones de Inmigración. Presentar el formulario de comparecencia equivocado puede hacer que el abogado no sea reconocido en el procedimiento correspondiente.
Comparación entre el Formulario G-28 y el Formulario G-28I
El Formulario G-28I es un aviso de comparecencia independiente diseñado para determinados asuntos fuera de los límites geográficos de Estados Unidos. Los abogados no deben suponer que el Formulario G-28 nacional es apropiado simplemente porque una petición o solicitud involucra un proceso consular o a un beneficiario que vive en el extranjero. El formulario correcto depende de la agencia que tramite el asunto, la ubicación del procedimiento y las instrucciones de la agencia vigentes en el momento de la presentación.
¿Cuándo necesitan los abogados el Formulario G-28?
Un abogado suele necesitar el Formulario G-28 cuando comparece en representación de un cliente en un asunto ante USCIS u otro componente participante del Departamento de Seguridad Nacional. El formulario suele incluirse con una nueva solicitud de beneficio preparada por el abogado, como una petición familiar, una petición laboral, una solicitud de ajuste, una solicitud de naturalización, una presentación humanitaria o una exención relacionada. También puede presentarse después de que un caso ya esté pendiente si el cliente contrata a un abogado posteriormente.
La representación puede comenzar en diferentes etapas de un asunto de inmigración. Un abogado puede incorporarse a un caso para preparar la presentación inicial, responder a una solicitud de evidencia, atender un aviso de intención de denegación, asistir a una entrevista, presentar una moción o gestionar otra comunicación de la agencia. Puede ser necesaria una comparecencia separada o actualizada cuando cambie el alcance, comience un nuevo asunto o la agencia no pueda vincular un aviso de comparecencia anterior con el número de recibo correspondiente.
Situaciones comunes que requieren una comparecencia
Presentación de un nuevo trámite de inmigración: El abogado generalmente incluye el formulario al principio del paquete de presentación para que la agencia pueda registrar la representación cuando emita el recibo del caso.
Incorporación a un caso pendiente: Un abogado contratado recientemente puede presentar el Formulario G-28 con el número de recibo y la información de identificación de la solicitud o petición pendiente.
Respuesta a una notificación de la agencia: Un abogado que comparezca únicamente después de una solicitud de evidencia o una notificación similar debe incluir el formulario de comparecencia con la respuesta y seguir las instrucciones de presentación de la notificación.
Sustitución del abogado anterior: El nuevo abogado normalmente presenta un nuevo aviso de comparecencia, mientras que el abogado anterior puede tener que proporcionar un aviso de retiro o tomar otras medidas requeridas por la agencia y las reglas profesionales.
Representación de una organización: Un abogado de inmigración empresarial puede presentar el formulario en nombre de un empleador peticionario, una organización u otra entidad jurídica a través de un firmante autorizado.
No todas las consultas requieren una comparecencia. Un abogado que proporciona una evaluación privada del caso, pero que no se comunica con el gobierno ni asume la representación en la presentación, puede no necesitar presentar el Formulario G-28. No obstante, el abogado debe documentar claramente si el servicio consiste en asesoramiento de alcance limitado o en representación formal y cumplir todas las reglas de ética pertinentes.
¿Quién puede presentar el Formulario G-28 y quién se beneficia?
El Formulario G-28 no es una autorización general para que cualquier amigo, familiar, consultor, preparador de documentos o notario represente a un solicitante. Puede presentarlo un abogado elegible para ejercer y que sea miembro habilitado del colegio de abogados del tribunal superior de un estado, posesión, territorio o estado libre asociado de Estados Unidos, o del Distrito de Columbia. El abogado debe proporcionar la información de licencia solicitada por la versión vigente del formulario y revelar cualquier restricción o asunto disciplinario aplicable.
Un representante acreditado también puede presentar el formulario cuando esté autorizado a través del Programa de Reconocimiento y Acreditación del Departamento de Justicia. El representante debe trabajar por medio de una organización sin fines de lucro reconocida y mantenerse dentro del alcance de su acreditación parcial o total. La acreditación corresponde a la persona calificada a través de la organización reconocida; no es una condición que cualquier proveedor de servicios de inmigración pueda atribuirse de manera independiente.
Personas y organizaciones que pueden beneficiarse
Solicitantes y peticionarios individuales: Un representante reconocido puede realizar el seguimiento de las notificaciones, explicar los requisitos procesales, preparar presentaciones y comunicarse con la agencia sobre un caso de inmigración individual.
Empleadores y organizaciones sin fines de lucro: Las entidades que presentan peticiones de inmigración pueden autorizar a un abogado para gestionar la correspondencia del caso, preservando al mismo tiempo la función del empleador como peticionario y firmante.
Familias con trámites relacionados: El abogado puede coordinar peticiones y solicitudes relacionadas, aunque puede ser necesario un Formulario G-28 separado para cada persona representada y cada presentación pertinente.
Personas con cuestiones probatorias complejas: Los solicitantes con denegaciones anteriores, infracciones de inmigración, antecedentes penales, cuestiones de admisibilidad o plazos urgentes pueden beneficiarse de que un profesional autorizado reciba y evalúe las comunicaciones de la agencia.
El cliente sigue siendo responsable de revisar la presentación subyacente y confirmar que la información sea correcta, incluso cuando la prepare un abogado. La comparecencia del representante no transfiere las obligaciones de certificación del cliente ni permite que el abogado firme documentos que requieran la firma personal del solicitante. Ambas partes deben conservar copias completas de todo lo presentado al gobierno.
Advertencia sobre el ejercicio no autorizado: Una persona que no sea un abogado elegible o representante acreditado generalmente no puede utilizar el Formulario G-28 para convertirse en el representante legal de un cliente. Los consultores de inmigración y preparadores de documentos pueden proporcionar servicios administrativos limitados donde esté permitido, pero no pueden prestar asesoramiento legal ni atribuirse una autoridad que no poseen. Los clientes deben verificar la afiliación al colegio de abogados o la acreditación antes de compartir documentos confidenciales o pagar por la representación.
Cómo completar el Formulario G-28 paso a paso
Antes de completar el Formulario G-28, descargue la edición vigente del sitio web oficial de la agencia y revise las instrucciones adjuntas. USCIS puede rechazar una edición desactualizada, un formulario al que le falten páginas o una presentación que no cumpla las reglas vigentes sobre firmas. Los abogados deben evitar depender de una plantilla antigua del despacho sin confirmar su fecha de edición y contenido.
Paso 1: Ingrese la información del representante
El representante debe proporcionar el nombre legal solicitado, el nombre del bufete o de la organización reconocida, la dirección postal, los números de teléfono, la dirección de correo electrónico y la información de la cuenta en línea, cuando corresponda. Esta información debe coincidir con los registros profesionales del representante y con los demás documentos de la presentación. Si un bufete recibe correspondencia en una dirección centralizada, el abogado debe confirmar que esta se remitirá de inmediato a la persona responsable del caso.
Paso 2: Demuestre la elegibilidad para comparecer
Un abogado debe identificar la jurisdicción de licencia y el número de colegiado, si la jurisdicción emite uno, y responder correctamente todas las preguntas de elegibilidad. Un representante acreditado debe proporcionar la información de la organización reconocida y los detalles que demuestren su acreditación vigente. Los representantes no deben ocultar una suspensión, restricción o circunstancia disciplinaria que el formulario les exija revelar.
Paso 3: Identifique al cliente
La sección del cliente debe contener el nombre legal completo de la persona o entidad representada y todos los números de identificación solicitados. Dependiendo del caso, estos pueden incluir un Número de Registro de Extranjero, un número de cuenta en línea de USCIS, un número de recibo u otro identificador de la agencia. Los nombres, las fechas y los números deben compararse cuidadosamente con los pasaportes, los documentos de inmigración anteriores, las notificaciones de recibo y la solicitud de beneficio subyacente.
Paso 4: Defina el asunto de inmigración
El abogado debe identificar el número de formulario, la solicitud, la petición, el trámite o el asunto específico de la agencia cubierto por la comparecencia. Las descripciones amplias o imprecisas pueden dificultar que la agencia vincule el Formulario G-28 con el expediente correcto. Cuando un paquete de presentación contenga varias solicitudes de beneficios o varios miembros de una familia, el abogado debe determinar si se requieren avisos de comparecencia separados para cada asunto o cliente.
Paso 5: Complete las opciones de consentimiento del cliente
El cliente debe revisar las disposiciones que rigen la divulgación de información, la entrega de notificaciones y la entrega de documentos de identidad seguros u otros documentos originales. Estas opciones pueden afectar si determinados artículos se envían al cliente, al abogado o a otro lugar autorizado. El abogado debe explicar las consecuencias prácticas en lugar de seleccionar opciones sin la aprobación informada del cliente.
Recibir copias de cortesía no significa necesariamente que el abogado recibirá todos los documentos ni que se convierta en la dirección postal exclusiva del cliente. Las prácticas de la agencia varían según el tipo de documento, y algunas notificaciones o documentos seguros pueden seguir enviándose directamente al cliente. Tanto el representante como el cliente deben supervisar su correo y sus cuentas en línea durante todo el caso.
Paso 6: Obtenga firmas válidas
El representante y el cliente deben firmar donde corresponda conforme a la política de firmas aplicable al método de presentación. En el caso de un cliente que sea una entidad, una persona autorizada firma en nombre del peticionario o solicitante en la capacidad correspondiente. Los nombres escritos a máquina, sellos de firma, firmas fotocopiadas, firmas electrónicas y originales reproducidos solo deben utilizarse cuando las reglas vigentes de la agencia lo permitan expresamente.
Paso 7: Revise y presente el formulario
Realice una comparación final entre el Formulario G-28 y la presentación subyacente antes de enviarlos. Confirme que los nombres, números de identificación, números de formulario, direcciones, opciones de consentimiento y firmas estén completos y sean coherentes. El formulario debe colocarse donde lo indique la agencia, lo que comúnmente es cerca del principio de un paquete de presentación en papel, o cargarse a través del proceso en línea designado.
Documentos requeridos y procedimientos de presentación
Por lo general, no existe una tarifa gubernamental separada para presentar el Formulario G-28, pero este debe estar vinculado a un asunto de inmigración identificable. Cuando acompaña una nueva presentación, el representante debe seguir la lista de verificación y las instrucciones de envío de la solicitud o petición subyacente. Cuando se relaciona con un caso pendiente, la presentación debe identificar claramente el número de recibo, el cliente, el tipo de formulario y la oficina encargada del asunto.
Documento o artículo Descripción Generalmente requerido Formulario G-28 vigente La edición completa y vigente de la agencia que contiene todas las páginas requeridas y firmas válidas. Sí Solicitud de beneficio subyacente La solicitud, petición, moción u otro trámite cuando el abogado comparece con una nueva presentación. Para casos nuevos Copia de la notificación de recibo Una copia que muestre el número de recibo y la información del caso cuando se comparece en un asunto pendiente. Para casos pendientes Notificación de la agencia Una solicitud de evidencia, notificación de entrevista, aviso de intención de denegación u otra correspondencia vinculada con la presentación. Cuando corresponda Evidencia de acreditación Información que demuestre la acreditación vigente del representante y su relación con una organización reconocida. Para representantes acreditados Carta de presentación Una carta concisa que identifique el caso, los documentos adjuntos, el propósito de la presentación y la acción solicitada a la agencia. Recomendado Comprobante de entrega Seguimiento de mensajería, registros de correo certificado o confirmación de presentación electrónica conservados en el expediente del caso. Recomendado
Las presentaciones en papel deben enviarse por correo a la dirección designada para la solicitud de beneficio o la acción de la agencia subyacente, y no automáticamente a una dirección general de USCIS. Los lugares de presentación pueden depender de la categoría del formulario, el servicio de entrega, la clasificación solicitada y la residencia del cliente. Los representantes deben confirmar la dirección inmediatamente antes del envío, ya que las instrucciones de los centros de recepción y de servicio cambian periódicamente.
Para un caso elegible en línea, el abogado y el cliente pueden necesitar cuentas en línea separadas de USCIS y un proceso para vincular al representante con el borrador o la presentación pendiente. La presentación en línea no elimina la necesidad de revisar cuidadosamente el lenguaje de consentimiento y certificación. El abogado debe descargar la presentación final, la confirmación del pago y el recibo electrónico para el expediente permanente.
Errores comunes en el Formulario G-28 y cómo evitarlos
Un error frecuente es presentar una edición vencida o no aceptable. En ocasiones, las agencias proporcionan un período de gracia después de publicar una revisión, pero los representantes nunca deben suponer que una versión anterior sigue siendo válida. Consultar la página oficial del formulario antes de cada presentación es más seguro que reutilizar un PDF guardado anteriormente.
La falta de firmas es otro problema común, especialmente cuando una presentación involucra a varios solicitantes, derivados, peticionarios o firmantes corporativos autorizados. Un solo Formulario G-28 no siempre cubre a todas las personas incluidas en un paquete. El abogado debe crear una lista de verificación por cliente y por formulario antes de recopilar las firmas.
Errores que pueden interrumpir la representación
Usar un apodo, el nombre abreviado de una empresa o un identificador que no coincida con la presentación de inmigración subyacente.
No identificar la solicitud, petición, número de recibo o asunto de la agencia exactos cubiertos por la comparecencia.
Seleccionar opciones de entrega de documentos sin explicárselas al cliente ni confirmar un plan de entrega seguro.
Suponer que la presentación ante USCIS hace que el abogado comparezca automáticamente ante el Tribunal de Inmigración, la Junta de Apelaciones de Inmigración o el Departamento de Estado.
Enviar el Formulario G-28 por separado sin suficiente información para que la agencia lo vincule con el caso pendiente.
No actualizar la representación después de que el cliente cambie de abogado, el abogado deje el bufete o finalice el alcance acordado.
Los abogados también deben evitar considerar una copia de cortesía como una garantía contra el incumplimiento de plazos. Una notificación puede retrasarse, enviarse al lugar equivocado, estar disponible únicamente a través de una cuenta en línea o enviarse solo a una de las partes. Un sistema confiable de gestión de casos debe registrar los hitos previstos, verificar las direcciones, conservar la evidencia de entrega y exigir que el cliente informe de inmediato sobre todas las comunicaciones gubernamentales.
Cambio o retiro del abogado
Cuando un cliente contrata a un nuevo abogado, el abogado entrante debe presentar un nuevo Formulario G-28 que identifique claramente el asunto pendiente. El abogado anterior debe evaluar los procedimientos de retiro aplicables, las obligaciones contractuales, los requisitos de la agencia y las reglas de responsabilidad profesional. El cliente debe recibir un expediente completo y comprender quién supervisará los plazos durante la transición.
Un abogado no puede suponer que la representación ha terminado simplemente porque se completó una tarea determinada o porque el cliente deja de responder. El retiro formal puede requerir una notificación por escrito a la agencia y medidas razonables para proteger los intereses del cliente. Las cartas claras de contratación y terminación ayudan a definir el alcance, pero no sustituyen ningún procedimiento gubernamental requerido para actualizar el expediente oficial del caso.
Preguntas frecuentes
¿Se requiere el Formulario G-28 para todas las solicitudes de inmigración?
No, el Formulario G-28 no es obligatorio cuando una persona presenta su trámite sin un abogado o representante acreditado. Generalmente se utiliza cuando un representante elegible desea que el Departamento de Seguridad Nacional reconozca la representación en un asunto específico. Otras agencias, incluidos el Tribunal de Inmigración y el Departamento de Estado, pueden utilizar distintos formularios o procedimientos de comparecencia.
¿Puede presentarse el Formulario G-28 después de que un caso de USCIS esté pendiente?
Sí, un abogado elegible o representante acreditado generalmente puede comparecer después de que USCIS haya aceptado un caso. La presentación debe incluir información precisa del recibo y seguir el método de presentación especificado por USCIS para el caso pendiente. Si se aproxima el plazo para una respuesta o una entrevista, el abogado no debe suponer que la agencia tramitará la comparecencia de inmediato y debe tomar todas las medidas de protección apropiadas.
¿Necesita cada miembro de la familia un Formulario G-28 separado?
Comúnmente se necesita un formulario separado para cada persona representada que tenga una solicitud o petición individual, incluso cuando los trámites familiares se envían juntos por correo. El enfoque correcto depende de quién sea el peticionario, solicitante, beneficiario o derivado en cada asunto. El abogado debe seguir las instrucciones de cada formulario subyacente en lugar de suponer que una sola comparecencia cubre a toda la familia.
¿Cuánto cuesta presentar el Formulario G-28?
El gobierno generalmente no cobra una tarifa de presentación separada por el Formulario G-28. Los honorarios del abogado son honorarios profesionales privados regidos por el acuerdo de contratación y son independientes de las tarifas gubernamentales de presentación correspondientes al trámite de inmigración subyacente. Los clientes deben recibir una explicación clara de los honorarios legales, las tarifas de presentación y otros costos previstos antes de que comience la representación.
¿El Formulario G-28 permite que un abogado reciba una tarjeta de residencia?
El cliente puede autorizar la entrega de determinados documentos de identidad seguros al abogado si el formulario vigente y el procedimiento de la agencia ofrecen esa opción. Sin embargo, seleccionar esa opción no garantiza que todos los documentos se entreguen al abogado, y las políticas de la agencia pueden limitar o cambiar el método disponible. El abogado debe mantener procedimientos seguros de recepción, verificación de identidad, almacenamiento y entrega para cualquier documento original recibido en nombre de un cliente.
Conclusión
El Formulario G-28 es un documento fundamental para los abogados y representantes acreditados que gestionan asuntos ante el Departamento de Seguridad Nacional. Completarlo correctamente ayuda a la agencia a identificar al representante, comprender el alcance de la comparecencia, respetar las opciones de divulgación del cliente y dirigir adecuadamente las comunicaciones del caso. Una revisión cuidadosa de la edición vigente, las firmas, los identificadores, el lugar de presentación y las instrucciones específicas de la agencia puede evitar muchos problemas innecesarios.
Los representantes deben considerar el formulario como parte de un proceso más amplio de gestión del caso y no como una simple carátula de rutina. Los clientes y abogados deben conservar copias, supervisar todos los canales de comunicación, informar a la agencia cuando cambie la representación y verificar que la comparecencia se haya vinculado con el caso correcto. En situaciones con hechos complejos, plazos urgentes o dudas sobre el procedimiento adecuado de la agencia, obtener asesoramiento legal específico para el caso es el siguiente paso más seguro.
Visite nuestro blog para consultar más recursos sobre derecho de inmigración y guías prácticas de presentación. Si necesita ayuda para organizar formularios de inmigración o comprender el proceso de preparación de documentos, comuníquese con nosotros para recibir orientación personalizada. Verifique siempre las instrucciones gubernamentales más recientes antes de presentar, ya que las ediciones de los formularios, las direcciones y las políticas de las agencias pueden cambiar.